El juez federal Daniel Rafecas dictó el procesamiento y prisión preventiva de los cuatro represores a quienes responsabiliza por decenas de delitos de "lesa humanidad" cometido en ese campo clandestino de detención.
Fuentes allegadas a la investigación indicaron que la medida dispuesta por el magistrado alcanzó a los ex coroneles Federico Antonio Minicuci, Faustino José Svencionis y JOrge Raúl Crespi, junto al ex agente de inteligencia del Servicio Penitenciario Federal Néstor Norberto Cendón, alias "Castro".
La medida se tomó en el marco de la "megacausa" en la que Rafecas investiga gravísimas violaciones a los derechos humanos cometidas en la órbita del Primer Cuerpo de Ejército y que fuese reabierta tras la derogación y declaración de "nulidad insalvable" de las leyes de obediencia debida y punto final.
Los procesamientos y las prisiones preventivas fueron dictados por los hechos que tuvieron lugar en ese "centro de detención y tortura" que funcionó en el Partido de La Matanza, entre abril de 1976 y noviembre de 1978; y los represores se suman a los ocho juicio está llevando a cabo el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Cuatro desde el mes de diciembre último.
Minicucci fue imputado por "su complicidad por los secuestros y torturas de 85 personas que permanecieron cautivas en `El Vesubio`, en función de su desempeño durante el año 1977 como jefe del Regimiento de Infantería III de La Tablada", indicaron los informantes.
"En dicho regimiento funcionó la Central de Reunión de Información (CRI), a cargo del Coronel de inteligencia retirado Jorge Raúl Crespi, quien fue detenido e imputado por el juez por los hechos que damnificaron a 102 personas que estuvieron en el centro de detención; en función de su calidad de integrante de la División II de Inteligencia", explicaron las fuentes.
Svencionis, por su parte, fue el sucesor de Minicucci, en 1978, en la Jefatura del Regimiento III de la Tablada, y el juez "lo responsabilizó por su intervención en el secuestro y tortura de 107 personas que pasaron por el centro de detención", en tanto a Cendón el magistrado lo imputó por "los mismos delitos de los que fueron víctimas 204 personas".
De acuerdo a las constancias del expediente la CRI, que funcionó en la sede del Regimiento III de La Tablada, "constituyó un eslabón fundamental en el plan de represión llevado a cabo en el ámbito geográfico perteneciente a la Subzona 11".
Rafecas recordó que esa central de inteligencia "tenía entre sus funciones la detención de personas, alojamiento e interrogatorio de detenidos, planificación y supervisión de operativos de detención; facilitación de los medios para tales procedimientos ilegales" y operaba "como reducto para la recepción de todo lo secuestrado en los domicilios de las víctimas: papeles, libros, documentación, ropa o incluso electrodomésticos".
Las víctimas "fueron sometidas a torturas en la medida en que padecieron un régimen de detención que implicaba: el tabicamiento, medios de sujeción e inmovilidad, la privación de agua y alimento, la frecuente prohibición de ir al baño, la exposición a desnudez", detalló el magistrado.
A esos tormentos, indicó el juez, se agregaba "la prohibición del habla, la amenaza constante con ser torturado físicamente, interrogatorios y en casi todos los casos, la aplicación de picana eléctrica, submarino, quemaduras o golpes; mecanismos que se encaminaban a obtener la despersonalización de las víctimas".
Entre quienes estuvieron ilegalmente privados de su libertad en "El Vesubio" se encontraban el escritor y periodista Haroldo Conti, el guionista de historietas Héctor Oesterheld y el director del cine Raymundo Gleyser, quienes permanecen desaparecidos.
Fuentes allegadas a la investigación indicaron que la medida dispuesta por el magistrado alcanzó a los ex coroneles Federico Antonio Minicuci, Faustino José Svencionis y JOrge Raúl Crespi, junto al ex agente de inteligencia del Servicio Penitenciario Federal Néstor Norberto Cendón, alias "Castro".
La medida se tomó en el marco de la "megacausa" en la que Rafecas investiga gravísimas violaciones a los derechos humanos cometidas en la órbita del Primer Cuerpo de Ejército y que fuese reabierta tras la derogación y declaración de "nulidad insalvable" de las leyes de obediencia debida y punto final.
Los procesamientos y las prisiones preventivas fueron dictados por los hechos que tuvieron lugar en ese "centro de detención y tortura" que funcionó en el Partido de La Matanza, entre abril de 1976 y noviembre de 1978; y los represores se suman a los ocho juicio está llevando a cabo el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Cuatro desde el mes de diciembre último.
Minicucci fue imputado por "su complicidad por los secuestros y torturas de 85 personas que permanecieron cautivas en `El Vesubio`, en función de su desempeño durante el año 1977 como jefe del Regimiento de Infantería III de La Tablada", indicaron los informantes.
"En dicho regimiento funcionó la Central de Reunión de Información (CRI), a cargo del Coronel de inteligencia retirado Jorge Raúl Crespi, quien fue detenido e imputado por el juez por los hechos que damnificaron a 102 personas que estuvieron en el centro de detención; en función de su calidad de integrante de la División II de Inteligencia", explicaron las fuentes.
Svencionis, por su parte, fue el sucesor de Minicucci, en 1978, en la Jefatura del Regimiento III de la Tablada, y el juez "lo responsabilizó por su intervención en el secuestro y tortura de 107 personas que pasaron por el centro de detención", en tanto a Cendón el magistrado lo imputó por "los mismos delitos de los que fueron víctimas 204 personas".
De acuerdo a las constancias del expediente la CRI, que funcionó en la sede del Regimiento III de La Tablada, "constituyó un eslabón fundamental en el plan de represión llevado a cabo en el ámbito geográfico perteneciente a la Subzona 11".
Rafecas recordó que esa central de inteligencia "tenía entre sus funciones la detención de personas, alojamiento e interrogatorio de detenidos, planificación y supervisión de operativos de detención; facilitación de los medios para tales procedimientos ilegales" y operaba "como reducto para la recepción de todo lo secuestrado en los domicilios de las víctimas: papeles, libros, documentación, ropa o incluso electrodomésticos".
Las víctimas "fueron sometidas a torturas en la medida en que padecieron un régimen de detención que implicaba: el tabicamiento, medios de sujeción e inmovilidad, la privación de agua y alimento, la frecuente prohibición de ir al baño, la exposición a desnudez", detalló el magistrado.
A esos tormentos, indicó el juez, se agregaba "la prohibición del habla, la amenaza constante con ser torturado físicamente, interrogatorios y en casi todos los casos, la aplicación de picana eléctrica, submarino, quemaduras o golpes; mecanismos que se encaminaban a obtener la despersonalización de las víctimas".
Entre quienes estuvieron ilegalmente privados de su libertad en "El Vesubio" se encontraban el escritor y periodista Haroldo Conti, el guionista de historietas Héctor Oesterheld y el director del cine Raymundo Gleyser, quienes permanecen desaparecidos.
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